Tras una moción de censura en el Congreso español el 1 de junio, España tiene un nuevo Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y un nuevo gobierno socialista.

Si bien aún no se conocen todas las implicaciones de este cambio trascendental, el nuevo Presidente del Gobierno ha declarado que su gobierno:

  • Continuará respetando la estructura y las regulaciones europeas (es decir, España no abandonará el euro ni la Unión Europea).
  • Adoptará los presupuestos del estado aprobados a finales de mayo.
  • Mantendrá a España unida bajo la Constitución actual

Si bien esto puede ser tranquilizador desde un punto de vista político general, el cambio de gobierno plantea preocupaciones particulares desde una perspectiva laboral y de empleo. Esto se debe a que los partidos políticos que apoyan al nuevo gobierno han intentado durante mucho tiempo revertir las amplias reformas laborales que entraron en vigor en España en febrero de 2012. Si se demuestra que este es el caso, es probable que los empleadores en España se enfrenten a mayores costes de empleo y seguridad social, que incluyen (entre otros):

  • Aumento de indemnizaciones por despido. El monto de la indemnización a pagar por los empleadores por despidos improcedentes puede verse incrementado en más de un cuarta parte; de los 33 actuales a 45 días de salario por año de servicio.
  • Despido. En la actualidad, un despido es tratado como procedente si la causa de despido se basa en razones “económicas, técnicas, organizativas o de producción”. El nuevo gobierno podría ajustar los criterios y hacer que sea aún más difícil para las empresas despedir a los empleados.
  • Flexibilidad reducida para modificar los términos y condiciones de trabajo. Los empleadores podría no tener la capacidad de reducir los salarios en situaciones de despido sin obtener primero el consentimiento del empleado.
  • Negociación colectiva más fuerte. Históricamente, si un empleador no podía llegar a un acuerdo sobre los términos de un nuevo convenio colectivo, las disposiciones del antiguo acuerdo permanecerían vigentes indefinidamente. Esta postura puede ser restablecida.
  • Salarios provisionales. Antes de las reforma de 2012, si un empleado era despedido y se consideraba que el despido era improcedente, el empleador debía pagar una indemnización por despido y reintegrarlo o pagarle salarios de tramitación desde la fecha de despido hasta la fecha de la decisión del juez. El derecho a estos salarios de tramitación fue abolido en 2012, pero puede ser reintroducido.Por supuesto, nos mantendremos atentos al desarrollo de los acontecimientos y le actualizaremos una vez que tengamos más información sobre la confirmación de los cambios. Mientras tanto, no dude en ponerse en contacto con Ignacio Regojo o Juan Nasarre en nuestro Equipo Español de Laboral si tiene alguna pregunta.